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Vida para empleados

Todas las coberturas que necesitás para tu personal

Seguro de vida obligatorio

Decreto No. 1567/74

LPS te propone cumplir con tus obligaciones laborales a través de la contratación de todas las coberturas de tu personal, conforme la Normativa Legal y Convenciones Colectivas vigentes. A tus obligaciones patronales le damos las mejores coberturas para tus dependientes.

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Tipos de Cobertura

Encontrá la cobertura que necesitás para tus empleados

Seguro de vida colectivo obligatorio decreto 1567/74

Carácter y Objeto del Seguro: Es obligatorio para el empleador y está destinado a cubrir las obligaciones emergentes del decreto 1567/74. Excluye a los trabajadores rurales.

Personas Asegurables: La totalidad del personal en relación de dependencia.

Cobertura: Muerte por cualquier causa, cubriéndolo las 24 hs en cualquier parte del mundo.

Capital Asegurable: Equivale a 5.5 veces el salario mínimo vital y móvil,  por dependiente.

Facturación: Anual.
Información para cotizar: Nómina del personal, de acuerdo al formulario AFIP 931.

Seguro colectivo de vida ley contrato de trabajo Nro. 20.744/21297 y sus modificatorias

Personas Asegurables: Todos los empleados en relación de dependencia de una empresa.

Cobertura: Muerte, por cualquier causa y en cualquier lugar del mundo, e Invalidez Total y Permanente por enfermedad o accidente.

Capital Asegurado: Por muerte se abona a los beneficiarios medio sueldo por cada año trabajado, con un mínimo de un sueldo.

Información para Cotizar: Fecha de nacimiento, fecha de ingreso y sueldo bruto.

Importante: Estas obligaciones son del empleador, es decir que si no contrató una póliza sobre el riesgo deberá pagar el siniestro con su dinero. En caso de contratar el seguro por un monto menor, deberá afrontar la diferencia. Resumiendo, el contratar el seguro no subroga sus obligaciones patronales.

Seguro de vida colectivo obligatorio (convenio mercantil)

Convenio Mercantil Convención Colectiva de Trabajo No. 130/75 (artículo 97)

Personas Asegurables: Todos los empleados de comercio de un mismo empleador.

Cobertura: Muerte e incapacidad total y permanente por accidente o enfermedad.

Capital Asegurado: El estipulado en la Convención Colectiva de Trabajo Nº 130/75.

Información para Cotizar: Fecha de nacimiento de cada persona.

Seguro de vida colectivo obligatorio para empleados rurales - Ley 16.600

Personas Asegurables: Todos los empleados de un mismo empleador sujetos al Convenio

Cobertura: Muerte e incapacidad total y permanente por accidente o enfermedad.

Capital Asegurado: El estipulado en la Convención Colectiva de Trabajo

Información para Cotizar: Fecha de nacimiento de cada persona

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    Gestiones más fáciles

    Disponemos de diferentes canales de que puedas realizar tus gestiones de forma simple y segura, sin salir de tu casa. Más información

    • APP para asegurados: Podés acceder a la póliza digital, así como también abonar las cuotas a través del botón de pago (Mercado Pago).
    • Central de Asistencia al Asegurado 24/7 llamando 0800-222-2577, enviando un SMS 70703 o por WhatsApp: +54 9 11 2808-0012. También podés hacerlo a través de la App de Asegurados: Google Play App Store
    • Medios de pago disponibles: Rapipago, Ripsa, Cobro Express, Pago Fácil, Bapro Pagos, PagoCoop, Plus Pagos, Red Banelco, Mastercard, Tarjeta Naranja, Visa, Favacard, Cabal, Tarjeta Ualá-Mastercard, Tarjeta prepaga Mercado Pago - Mastercard, Coopeplus, Cheques Electrónicos (E-cheq), Pagomiscuentas y Link Pagos. Además podés abonar a través de la APP Asegurados, Mercado Pago, Débito automático con Tarjeta de Crédito o Débito y Débito con C.B.U. Para más información, descargá nuestro instructivo de pago online.

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    La Perseverancia Seguros S.A.
    Nº de inscripción en SSN
    0157

    Atención al asegurado
    0800-6668400

    Organismo de control

    www.argentina.gob.ar/ssn

    SERVICIO DE ATENCIÓN AL ASEGURADO
    La entidad aseguradora dispone de un Servicio de Atención al Asegurado que atenderá las consultas y reclamos que presenten los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios y/o derechohabientes.

    El Servicio de Atención al Asegurado está integrado por:

    RESPONSABLE: Gustavo Martinez. Tel. (02983) 430780, interno 277. Email: [email protected]
    1°SUPLENTE: Francisco Almirón. Tel. (02983) 430780, interno 224. Email: [email protected]
    2°SUPLENTE: Federico Taraborelli. Tel. (02983) 430780, interno 286. Email: [email protected]

    En caso de que el reclamo no haya sido resuelto o haya sido desestimado, total o parcialmente, o que haya sido denegada su admisión, podrá comunicarse con la Superintendencia de Seguros de la Nación por teléfono al 0800-666-8400, correo electrónico a [email protected] o formulario web a través de www.argentina.gob.ar/ssn.